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Fallos: 338:658 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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y perjuicios derivados de la muerte de su hijo de diecinueve años — Héctor César Meza-, ocurrida el 4 de junio de 1996, por una presunta descarga eléctrica mientras reparaba un equipo de aire acondicionado en el Hospital Escuela de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Nordeste José Francisco de San Martín", ubicado en la ciudad de Corrientes.

Relata que al momento del accidente su hijo se desempeñaba como técnico de refrigeración de la empresa "Technial" y que el trabajo que debía realizar en el subsuelo del citado nosocomio era "la puesta a punto" de la carga de gas del aparato de aire acondicionado y hacer los preparativos para la instalación de un nuevo compresor, en virtud de que se realizaría próximamente un congreso científico.

Aclara que Meza hizo las mentadas tareas solo y que aproximadamente a las 18 hs. intercambió algunas palabras con el encargado del auditorio, el señor Oscar Adolfo Blanco, quien también estaba en dicho sector probando las luces y cambiando los tubos fluorescentes. Este Último le informó a Meza -desde la entrada del subsuelo- que debía ir al banco y le indicó que si terminaba con su trabajo antes de su regreso cerrara la puerta del Auditorio.

Puntualiza que Blanco regresó a las 19.30 hs., que escuchó el ruido de las herramientas que provenían del subsuelo y decidió continuar con sus tareas habituales. A las 20.30 hs. el encargado volvió a la boca del sótano, vio que no había luz y que estaba todo en silencio, por lo que se retiró a su domicilio.

Al día siguiente, continúa, ante un llamado telefónico de la empresa debido a que el operario no se había presentado, Blanco bajó al subsuelo con un reflector y encontró el cadáver de Meza con la cabeza contra la pared oeste de la habitación y con las piernas bajo la maquinaria de refrigeración, por lo que se infiere que falleció aproximadamente entre las 19.30 hs. y 20.30 hs., según constancias del expediente penal. Añade que del informe de la autopsia surge que las lesiones fueron compatibles con tetanización respiratoria, típicas de muerte por electrocución (fs. 5 vta).

En otro orden de consideraciones, dice que entre el Estado Nacional, la Universidad del Nordeste y la Provincia de Corrientes se firmó un convenio el 9 de junio de 1976, ratificado por la ley nacional 21.414,

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:658 
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