FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2014.
Vistos los autos: "Gómez, Orlando Mario c/ Estado Nacional — Ministerio de Justicia — Policía Federal Argentina s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.".
Considerando:
1 Que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al revocar la sentencia del juez de grado, hizo lugar a la demanda promovida por el actor contra el Estado Nacional —Policía Federal Argentina- a fin de obtener una indemnización, en los términos del art. 16 del decreto 6581/58, con motivo de la rescisión del contrato que los vinculó durante casi catorce años (fs.
205/209 vta.).
2 Que, para decidir así, el tribunal hizo lugar a la demanda interpuesta por el actor por considerar al caso sustancialmente análogo al precedente "Ramos" (Fallos: 333:311 ). Ello, en tanto consideró que las circunstancias de ambas causas resultan ser semejantes en lo que respecta a la contratación del actor mediante la suscripción de sucesivos instrumentos durante un período de tiempo prolongado; a la asignación de tareas sin carácter excepcional o transitorio y a la realización de aportes jubilatorios.
No obstante, advirtió que "si bien en estos actuados no se verifica la existencia de una norma -aplicable al supuesto de autos— que establezca un límite temporal a la posibilidad de renovación de los contratos -tal como acontecía en el caso resuelto por el Alto Tribunal, lo cierto es que dicha limitación normativa no fue el único fundamento de la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sino que, además de aquella, se tuvo especialmente en cuenta los extremos de hecho allí verificados, que —cabe reiterar son similares a los de estos autos" (fs. 209).
En tales condiciones, entendió que "son aplicables —a este caso— las consideraciones vertidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente individualizado en el sentido de que la parte
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1341
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