DE MAIO, ANA DE Las MERCEDES c/ M" J y DDHH - art. 3 Ley 24.043 - RESOL. 1147/09 (EX. 16.6457/08)
EXILIO
Corresponde revocar la sentencia que convalidó la resolución que había denegado el beneficio previsto en la ley 24.043 ya que, de acuerdo con la vocación reparatoria de esta ley y de todas las que la complementaron y el espíritu que guio al Congreso Nacional al dictarlas, habiéndose aceptado ampliamente el derecho de quienes se vieron en la necesidad de exiliarse para poder preservar su vida e integridad, carecería de justificativo válido desconocer idéntico derecho a los hijos de esos exiliados, que estuvieron impedidos de nacer en la patria de sus padres por razones completamente ajenas a ellos y desvinculadas con el libre ejercicio del derecho a elegir su propio plan de vida, afectándose arbitrariamente su derecho a la identidad y a la permanencia cultural.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T-
A fs. 53/61, Ana de las Mercedes De Maio, dedujo el recurso de apelación -en los términos del art. 3 de la ley 24.043- contra la resolución del Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1147/09, que le denegó el beneficio previsto en esa ley por el período allí solicitado.
La nombrada relató que el 10 de diciembre de 1975 un grupo de personas que aparentaban pertenecer a las fuerzas de seguridad ingresaron en el domicilio de sus padres -Ana Emilia del Pozo y Tomás Alfredo De Maio- quienes juntamente con su hermana -Mariana Sabina- fueron detenidos y torturados, la menor luego entregada a un familiar.
Con posterioridad fueron puestos a disposición del Juzgado Federal N2 de San Martin por presunta infracción a la ley 20.840, más tarde los sobreseyeron y recuperaron su libertad recién el 23 de diciembre de 1976, toda vez que luego del mencionado sobreseimiento permanecieron en prisión a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Sufrieron la restricción de la libertad 14 meses y 18 días.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1006
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