578 336 raleza frustraría el apropiado funcionamiento del sistema al sustraer el conocimiento de la causa al poder controlante previsto en el ordenamiento normativo —constitucional o infraconstitucional- vigente, sea porque cualquier modo alternativo de reemplazo que se hubiera elegido podría ser tachado de inconstitucional, o fuera por impedir derechamente la constitución del órgano (causa M.346.XLIV "Molina de Alcázar, Graciela s/ amparo", considerando 6° y sus citas, sentencia del 20 de octubre de 2009; causa "Trova, Facundo Martín s/ jurado de enjuiciamiento", considerando 9 y sus citas, Fallos: 332:2504 ).
7) Que igualmente inadmisibles son las cuestiones planteadas -como de naturaleza federal- tendientes a controvertir el rechazo por parte de la Sala Juzgadora de la prueba testimonial ofrecida por la recurrente, así como los agravios vinculados con la invocada afectación del principio de independencia judicial y de división de poderes.
En efecto, por un lado, no se ha intentado siquiera presentar un desarrollo argumentativo consistente sobre la directa relación existente entre la prueba descartada y el resultado final del enjuiciamiento, en cuanto a la conclusión del 6rgano juzgador de tener por demostrados los cargos imputados.
Ello es así pues la apelante se limita a señalar que la prueba testimonial -rechazada por la Sala Juzgadora de la Cámara de Representantes- era esencial para su descargo, pero no precisa de qué manera su producción hubiera alterado el resultado del juicio político frente a las decisivas circunstancias, silenciadas en el recurso extraordinario, de que la magistrada destituida reconoció que el concejal Escalante había firmado el acta cuestionada en forma "tardía" y a que la sentencia que la removió de su cargo le había imputado desconocer la exigencia legal de una mayoría calificada para destituir a un intendente municipal, En cuanto al otro planteo, la postura de la interesada encierra -implícita pero inequívocamente- una crítica en cuanto a que el tribunal a quo habría consentido la destitución de un magistrado por el contenido de las sentencias, afirmación
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:578
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