336 2313 medio de quien corresponda, proceda a dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado--Notifíquese y devuélvase
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>—— =BICARDO LUIS LORENZ! > — x FON de NOLASCO
S 5. FAYT ELENALHIGHT
y", bra » PES: -//aer: Brno, lo E RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIbAy —-//- DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT Considerando:
1) Que la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, revocó la sentencia de grado y condenó al Estado Nacional a que "en el plazo de 90 días de notificado, practique nueva liquidación de los viáticos correspondientes a los actores por su participación en Batallón Ejército Argentino 'BEA 7", de conformidad con las disposiciones del decreto 1270/89... De tal modo, el a quo dispuso que se paguen a aquéllos las diferencias reclamadas por el concepto aludido, con más los intereses pertinentes a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina. Contra dicho pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo el recurso extraordinario federal, que resultó concedido (cfr. fs. 145, 150/61 y 170).
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:2313
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