2158 336 ilegitimidad de la oficialización de la candidatura del doctor Gerardo Zamora para el cargo de gobernador de la Provincia de Santiago del Estero para el período que comienza el 10 de diciembre próximo -como luego quedará determinado—, el Tribunal restableció de inmediato la garantía constitucional afectada, mediante el dictado de la medida cautelar del 22 de octubre de 2013.
12) Que al encontrarse en juego el resguardo de la soberanía del pueblo santiagueño, y concurrir circunstancias de excepción se impone la carga de abordar las cuestiones constitucionales planteadas, en la medida en que existe un caso en el que la cuestión federal está relacionada con un interés institucional que subsiste al momento del dictado del presente (arg.
Fallos: 330:3160 ); y que se reafirma ante la postura de la provincia, tal como se puso de relieve en el considerando 4 precedente.
13) Que la insistencia del señor gobernador en las vanas razones en que pretende ampararse para justificar su renuncia como candidato al propio cargo que él ocupa, determinan la definición del punto.
En el sistema representativo de gobierno consagrado por el artículo 1 de la Constitución Nacional, el pueblo es la fuente originaria de la soberanía (Fallos: 168:130 ), y en ese carácter ha decidido ejercerla a través de sus representantes en la oportunidad del dictado de la ley local 6736 que declaró la necesidad de reforma parcial de la Constitución provincial, y en la convocatoria a la Convención que en el año 2005 consagró las cláusulas previstas en el artículo 152 y en la disposición transitoria sexta que aquí serán objeto de examen (artículos 22 y 30 Ley Fundamental).
14) Que sentado lo expuesto es dable examinar en primer término las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por la Provincia de Santiago del Estero al contestar el informe que le fue requerido en los términos del artí
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:2158
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