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Fallos: 336:2016 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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2016 336 oficial y del potencial alineamiento editorial. Existen ejemplos locales e internacionales del modelo de escala. Modelo de escala no sólo es una escala horizontal. (£s. 4075 vta./4076 vta.)".

A continuación el Tribunal señaló que la situación del Grupo Clarín cambió sustancialmente a partir de la aprobación de la fusión de Cablevisión y Multicanal así como con la suspensión de la vigencia de licencias por diez años (decreto 527/05) y, por tal razón, interrogó a la actora si con anterioridad se hallaba afectada la sustentabilidad del grupo y, consecuentemente la libertad de expresión (fs. 4076 vta,).

La accionante respondió que "..Si Grupo Clarín permanecía con esa estructura no iba a poder permanecer en el mercado, a largo plazo [..] De lc que se trata es de la evolución de los medios. En un contexto el medio puede obtener libertad de expresión reducida pero compatible con los estándares tecnológicos del momento. Pero a medida que van incrementándose los descubrimientos tecnológicos, la necesidad de competir y de ofrecer más a la audiencia exige otra convergencia. Nosotros sostenemos que las necesidades de la convergencia [..] y eso no es lo mismo que concentración. La concentración habla de probablemente una afectación irrazonable a la competencia. (fs. 4077)".

Dado que de las presentaciones de la actora la actividad del Grupo Clarín registra considerables economías de escala, el Tribunal preguntó por qué no es potencialmente un monopolio y sí estas economías de escala, no constituyen barreras de entrada para nuevos participantes en el mercado (fs. 4077). La representación de la demandante, después del requerimiento de precisiones por parte del Señor Presidente respondió que "..esta pregunta requiere discutir el concepto de convergencia y la evolución de la industria de medios en los últimos años, ¿Cómo eran las industrias que hoy llamamos de medios hace no mucho tiempo:

diez, quince años? Eran mercados separados. Las telecomunicaciones por un lado, con estructuras fijas, en alguna época monopolios naturales, en el sentido de que había un solo productor, y

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:2016 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-2016

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