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Fallos: 336:1664 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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1664 336 legación en que ocurrieron los hechos- concurría "muy asiduamente" a dicha sede de la ANSES, y según las manifestaciones del personal —además de su carácter agresivo-, pese a ser un tercero ajeno al organismo administrativo, se comportaba "come si tuviera funciones dentro de la delegación..", incluso, dando órdenes de manera autoritaria. También resulla de la declaración brindada por la testigo Iturraspe que una sola vez ésta había visto en forma directa que el señor Andreo llevaba un arma, "..pero su esposa comentaba que las portaba permanentemente", hecho que fue admitido por el señor Andreo en sede penal (ver fs. 377/377 vta.

y 249/249 vta. de estas actuaciones, y £s. 98; 99/101; 415; 772 y 1199 vta. de la causa penal acompañada).

Por último, como lo puso de relieve el tribunal a que, no hay constancia alguna de que el doctor Pochat haya denunciado haber sufrido amenazas, ni informalmente hizo saber a las autoridades de la ANSES algún hecho puntual que pudiera poner en riesgo su vida. Avala esta última aseveración, lo manifestado por el testigo Bernardo Solá acerca de que las habituales conversaciones que mantuvo con aquellas antoridades y con el doctor Pochat versaron -de modo genérico- sobre la intranquilidad que suponía en este caso, y en otros anteriores, el hecho de poder afectar con las investigaciones llevadas a cabo distintos intereses económicos (fs. 317/318). Tampoco se ha invocado ni hay indicios que permitan concluir que estaba en el conocimiento de las autoridades del organismo demandado, lo manifestado por la testigo Iturraspe, en el sentido de que luego de ocurridos los hechos recordó con sus compañeros de trabajo la frase que en una oportunidad, en su presencia, había pronunciado la esposa del señor Andreo en el sentido de que "si a ella la despedían se iba a llevar a unos cuantos con ella.y que Armando iba a ir a matarlos" (fs. 99 vta. de la causa penal; ver también, a fs, 249 vta. de estas actuaciones, la contestación dada por el testigo Alejandro Bramer a la pregunta DÉCIMO TERCERA obrante a fs. 246 vta.).

12) Que, en cuanto a la solución del caso concierne,

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1664 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1664

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