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Fallos: 335:1691 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Notifíquese y, oportunamente, e los autos. 7 , / / > A ( PA — ld —) ELENALHIGHTON | — «a 4/4 7 E, RAUL ZAFFARONI
JUAN QARLOS MAQUEDA
Recurso ordinario de apelación deducido por el actor, Raúl Matías Pognante, con el patrocinio del Dr. Juan Molas y Molas.

Recurso no contestado por el demandado.

Tribunal de Origen: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B, Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 1 de Córdoba.


ROSSI y VILAPREÑO S.A. c/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. y OTRO
$/ ORDINARIO

AHORRO PREVIO.
Cabe dejar sin efecto por arbitraria la sentencia que condenó alos co-demandados a pagar una indemnización por la diferencia del 2 del margen comisional por las operaciones convencionales y por las concertadas en el marco del régimen de ahorro previo, pues correspondía determinar el alcance y funcionamiento del sistema pactado, y en ese marco, evaluar puntualmente en qué medida la modificación, en menos, de la retribución total en concepto de comisión alegada por la accionante tenía su causa exclusivamente en razones de mercado y en la actividad de comercialización o en la conducta de la concedente, para decidir luego, sobre la procedencia del reclamo de "restitución del 2 del margen comisional".

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

—Ver también: A 215 45 "Autocam SACIFI c/ Autolatina Arg. SA y otros s/ ordinario", sentencia del 11/09/2012-.

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1691 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1691

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