Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 335:1480 de la CSJN Argentina - Año: 2012

Anterior ... | Siguiente ...

RODRIGUEZ, DANIEL GERMAN s/ PS.A. ABuso SEXUAL —Causa N" 18/09
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la decisión que lo condenó como autor del delito de abuso sexual simple, en el que planteó que la acción penal se hallaba prescripta, pues la ley 25.990 prevé como causal interruptora del curso de la prescripción al requerimiento acusatorio de apertura o elevación a juicio, efectuado en la forma que lo establezca la legislación procesal correspondiente, surgiendo del caso que la sentencia condenatoria fue dictada cuando había transcurrido un lapso superior al máximo de la pena prevista para el delito por el que el apelante fue condenado (4 años).

—La jueza Argibay, en disidencia, declaró inadmisible el recurso (art. 280

C.PC.CN)-.

PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la decisión que lo condenó como autor del delito de abuso sexual simple, en el que planteó que la acción penal se hallaba prescripta, pues la exégesis que de la reforma introducida por ley 25.990 al art. 67 del Código Penal efectuó el Superior Tribunal de Justicia local carece de apoyatura en el texto de la ley que no alude a cualquier requerimiento acusatorio sino únicamente al de apertura o elevación a juicio, habiéndose cercenado arbitrariamente la expresión legal en cuestión para definir únicamente lo que debe entenderse por "requerimiento acusatorio", soslayando por completo la última parte de aquella disposición.

—La jueza Argibay, en disidencia, declaró inadmisible el recurso (art. 280

C.PC.CN)-.

PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la decisión que lo condenó como autor del delito de abuso sexual simple, en el que planteó que la acción penal se hallaba prescripta, pues la interpretación de la reforma introducida por ley 25.990 al art. 67 del Código Penal efectuada por el a quo, predica el efecto interruptor de la prescripción que la ley confiere al "requerimiento acusatorio de apertura o elevación a juicio" respecto de actos procesales que no integran la enumeración taxativa efectuada por el legislador, incurriendo en una hipótesis de interpretación analógica practicada in malam partem —en la medida en que neutraliza un impedimento a la operatividad de la penalidad-, con claro perjuicio a la garantía de legalidad (artículo 18 de la Constitución Nacional).

—La jueza Argibay, en disidencia, declaró inadmisible el recurso (art. 280

C.PC.CN)-.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

51

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1480 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1480

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 335 Volumen: 2 en el número: 272 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos