los aspectos subjetivos y de conformación de la base imponible tampoco resultan óbice para valorar esta identidad sustancial.
En el primer caso, porque si bien formalmente el sujeto pasivo del IVA por la energía vendida es la empresa que provee de ésta a la actora, ello no quita que quien es efectivamente incidida por el gravamen —al menos en lo que respecta a esta etapa de comercialización del producto, que para la actora es un insumo dada su alegada actividad hidrocarburífera— es la adquirente (Fallos: 316:1533 , considerandos 6 y 7). Y, por otro lado, en lo que hace a la base de imposición, puesto que ello no es determinante de la inexistencia de analogía en los términos antes expresados.
17) Que, el hecho de que la norma local que se impugna tenga por objeto reglar una situación particular o ciertos casos determinados de un modo especial no es lo que hace de ella un acto arbitrario o inconstitucional (doctrina de Fallos:
224:810 ), máxime si, como en el caso, lo que se persiguió con su dictado fue brindar protección a usuarios procedentes de un segmento vulnerable de la sociedad de la provincia del Chubut.
Antes bien, su reproche resulta de la improcedencia de legislar del modo en que lo hace sobre aspectos expresamente vedados por la ley de coparticipación federal, y que el estado local ha consentido (arg. Fallos: 331:2178 ), por medio de la norma de adhesión a la ley-convenio, como también en el compromiso adquirido, al suscribir el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, del 12 de agosto de 1993 (aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 1807/93 y ratificado por el artículo 33 de la ley 24.037 y, en el ámbito local por la ley 3768).
En lo que aquí interesa, los estados parte de ese Pacto acordaron derogar los impuestos provinciales específicos que graven la transferencia -entre otros objetos- de energía eléctrica, excepto que se trate de transferencias destinadas a uso doméstico. Tal supresión así convenida resulta operativa de pleno derecho (Fallos: 322:1781 , considerando 5) y, en tanto
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1019
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