existe competencia entre honor, identidad e intimidad y libertad de expresión y prensa —V-
En cuanto a la admisibilidad de la apelación, atendiendo a las características particulares del caso, en función de la naturaleza fundamental del derecho de defensa en juicio, he de expedirme sobre la impugnación presentada por la recurrente.
Pues bien, profundizando lo atinente a la procedencia formal del recurso, pienso que, aún de interpretarse que existe materia federal —desde que se pusieron en tela de juicio libertades consagradas en los arts. 14 de la Constitución Nacional y 13 del Pacto de San José de Costa Rica, y lo decidido fue adverso a la postura que la recurrente sustentó en ellas—, resulta atinado realizar una revisión integral del decisorio en el plano de la doctrina de la arbitrariedad. Ello así, a la luz de lo reiteradamente resuelto por V. E., en el sentido de que, configurado ese supuesto, no existiría una sentencia propiamente dicha (Fallos: 323:35 , 1671 consid. 4", entre muchos otros).
—VI-
A mi modo de ver, el examen de las motivaciones del fallo relacionadas con eventuales componentes civiles y constitucionales del problema, devela la existencia de un grave déficit que autoriza la intervención de V.E.
De acuerdo con el encuadre adoptado por el a quo, en autos: (a) la actora persigue "...el resarcimiento del daño moral... sufrido como consecuencia de declaraciones periodísticas formuladas por la demandada en las que la habría señalado como sospechosa de un delito que no cometió y por el que no habría sido enjuiciada, todo ello en el ámbito de la difusión mediática que rodeó a la muerte de su hermana y las actuaciones penales a las que dio lugar" (v. fs. 334 punto II primer párrafo). (b) no se halla en juego el derecho a la intimidad sino al honor: (c) no está comprometida la garantía de la libertad de prensa y expresión.
Luego, por un lado, la Cámara se hizo eco del enlace de los hechos que aquí se ventilan, con la indagación que cursaba en sede penal, en
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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:412
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