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Fallos: 334:1272 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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Traslado contestado por Bossi y García S.A., representada por el Dr. Arístides Horacio M. Corti.

Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación.


BREITFELD, DIEGO ARIEL y Otro c/ SALVATIERRA, MARTA peL VALLE

S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA
REFINANCIACION HIPOTECARIA.
A pesar de haber quedado firmes las resoluciones mencionadas que decidían respecto de las normas sobre pesificación y refinanciación hipotecaria, la sanción de la ley 26.167 ha venido a otorgar una nueva posibilidad para que aquellos deudores de bajos ingresos que tuviesen elegido el mutuo por el agente fiduciario y hubiesen invocado las prescripciones de dicha ley, sin desmedro de los derechos adquiridos por el acreedor, puedan conservar su vivienda única y familiar (conf.

causa "Baschi", Fallos: 331:926 ).

REFINANCIACION HIPOTECARIA.
El Tribunal ha admitido que las personas que han incurrido en mora con anterioridad al plazo establecido por el art. 3" de la ley 25.798, puedan utilizar los fondos otorgados por el Banco de la Nación Argentina para efectuar el pago de la deuda, pues dicha entidad declaró elegible el mutuo hipotecario y se ha firmado el correspondiente contrato, y el examen del cumplimiento de los requisitos para el ingreso al sistema que efectúa el agente fiduciario resulta extraño al conocimiento del Tribunal (conf. causa: "Alcoba, Lía Mónica y otro c/Bertonazzi, Alfredo Ernesto y otro s/ ejecución hipotecaria", Fallos: 332:1152 ).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2011.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Breitfeld, Diego Ariel y otro c/ Salvatierra, Marta del Valle

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1272 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-334/pagina-1272

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