técnico también incluyó el armamento del personal penitenciario (ver fs. 27 y 270/1).
19) Presentación del letrado apoderado de Alejandra Herrera Nievas, hermana de la víctima" Federico Naranjo Nievas, solicitando fotocopias de las actuaciones (fs. 207).
20) Oficio mediante el cual el Director Presidente de la Inspección General de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Mendoza, solicita al juez interviniente que se sirva informar si como consecuencia de la remisión del sumario de prevención N" 3168/04 (N" 46454/04 del tribunal) "en el que se investiga la tentativa de evasión y fallecimiento de internos del Penal... ha sido imputado algún personal penitenciario.." (fs. 222).
21) Declaración testimonial del 5 de mayo de 2005 del interno Cristian G. Naranjo Nievas, durante la cual ratificó —en parte— la prestada en sede administrativa obrante a fojas 223. Al ser preguntado en el tribunal "por las generales de la ley con respecto a las partes que en este acto se le mencionan, responde: que es hermano del interno Naranjo Nievas Federico Daniel, que resultara muerto en el hecho que se investiga. Era asimismo amigo de Chacón, quien también resultó muerto..". También fue interrogado para que diga "si puede relatar como dice en su declaración cuando dice vio mataron a su hermano".
Tanto en la respuesta a esa pregunta como en la aludida declaración anterior, hizo referencia a ambas muertes (se deja constancia que la foliatura de la audiencia en sede judicial es ilegible).
22) Declaración testimonial de Cristian R. Manrique Bugueño, también del 5 de mayo de 2005, durante la cual ratificó parcialmente la similar de fojas 225 que se le recibió en sede administrativa. Al ser "preguntado por las generales de la ley con respecto a las partes que en este acto se le mencionan, responde: era compañero de celda de las personas intervinientes en la fuga, en aquel momento se trataba de la celda 8 del pabellón 11, siendo los intervinientes Chacón, Ferreyra, Ferrando, Díaz Rodríguez y Almeyda; también intervino Naranjo, del pabellón 12 pero no sé de cuál celda". Tras contestar positivamente sobre si luego de los hechos tuvo trato con los internos intervinientes en la fuga, al ser preguntado para que diga "si le contaron algo con relación a este hecho, responde: que se había armado una balacera infernal y que a Chacón y a Naranjo los habían matado mal, porque no había necesidad porque no llevaban armas. Que los habían matado
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2040
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