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Fallos: 332:1268 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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fundadamente la acusación" (fs. 123.498). Esta afirmación no es jurídicamente valedera en un doble sentido.

En primer lugar, por cuanto dicha aseveración se contradice con la idea de que debía extenderse la nulidad respecto de la situación del imputado mencionado: o bien las actuaciones anteriores a la formación de la causa "Brigadas" son actuaciones "nulas" —cuestión examinada ut supra— o bien se las considera válidas pero insuficientes. En segundo lugar, era tarea propia del tribunal oral, determinar si esas pruebas restantes y, en su caso, "válidas" eran suficientes o insuficientes para arribar a una condena. A la Cámara Nacional de Casación Penal le estaba vedado suplir tal deficiencia de la sentencia recurrida, en tanto se trataba de una tarea propia del tribunal de mérito y, como tal, reglada por principios que otorgan características definitorias a su función.

17) Que, en suma, mediante afirmaciones genéricas e insuficientes tales como que "relaciones y probanzas" o la "confirmación de la Cámara de Apelaciones" avalarían "la extensión de la nulidad" al imputado Telleldín, así como que, en definitiva, las expresiones del acusado no cuestionadas provenían del "mismo sujeto que estaba siendo privado de la garantía del juez imparcial", que las presuntas vías independientes "habrían ocurrido con la intervención o anuencia directa o indirecta...

del juez cuya falta de imparcialidad ocasionó la nulidad declarada" o que "verificada la parcialidad del instructor, la afectación a las garantías de las personas sometidas al poder jurisdiccional de ese juez no es más que la evidente consecuencia de su accionar disvalioso", el a quo ha omitido toda consideración respecto de la instrucción que se había llevado a cabo hasta ese momento y que había demandado 16 meses de investigación.

Cabe recordar, que la causa constaba para ese entonces de 187 cuerpos (37.556 fojas), que el principal sospechoso llevaba detenido 1 año y 3 meses y que los fiscales intervinientes ya habían recabado elementos de cargo para requerir el agravamiento de su situación procesal -sin perjuicio de que tuvieron en cuenta también el resto del material reunido por la instrucción, tal como su función les imponía— fs. 12.183/12.211 vta.). En síntesis: al momento de iniciarse la llamada causa "Brigadas" existía prueba en el expediente, relacionada no sólo con Carlos Alberto Telleldín, sino también con otros elementos propios de una investigación tan ardua y compleja que, merced a una exégesis

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1268 
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