Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 331:2126 de la CSJN Argentina - Año: 2008

Anterior ... | Siguiente ...

VoTo DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY Considerando:

19) La Comunidad Indígena Eben Ezer promovió acción de amparo contra la Provincia de Salta y el Ministerio de la Producción y el Empleo, con motivo de la Ley N" 7274 mediante la cual fueron desafectados como reserva natural los lotes fiscales N" 32 y 33 y se habilitó al Poder Ejecutivo provincial para ponerlos en venta por vía de un proceso licitatorio.

Señaló la actora, entre otras consideraciones, que la comunidad sobrevive de acuerdo a sus costumbres y tradiciones, gracias al amplio monte y a la gran diversidad de especies existente en los lotes fiscales de referencia. Indicó, asimismo, que el proceso licitatorio no cumplió con el mecanismo impuesto por la ley mencionada, en tanto se pusieron en venta los lotes sin la compensación previa de áreas protegidas y sin hacerse un estudio de impacto ambiental y social.

A partir de las circunstancias relatadas, la comunidad solicitó se suspenda la venta de los lotes fiscales N" 32 y 33 y se declare la inconstitucionalidad de los actos administrativos del Ministerio de la Producción y el Empleo por los que se llamó a licitaciones públicas nacionales para cumplir con la Ley N" 7274, en tanto lesionaban sus derechos a la vida, a la comunidad de tierras, la integridad cultural, los recursos naturales, a participar en los asuntos que les afecten, a contar con información adecuada, y a un medio ambiente sano y equilibrado (derechos reconocidos por la Constitución de la Provincia de Salta, la Constitución Nacional y diversas normas contenidas en Tratados Internacionales con rango constitucional). Asimismo, peticionó se declare la inconstitucionalidad de la Ley N" 7274, en su carácter de norma fundante de los actos administrativos que impugna.

La actora requirió, finalmente, el dictado de una medida cautelar, a fin de que se suspenda provisoriamente el proceso licitatorio abierto y todos aquellos actos relacionados con la venta de los lotes fiscales y se ordene al Estado Provincial la realización de un estudio del impacto ambiental y social que va a generar dicha venta.

27) La titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Décima Nominación de la Provincia de Salta se declaró in

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

72

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2126 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-2126

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 331 Volumen: 3 en el número: 148 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos