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Fallos: 330:770 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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710 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 230 de "lesiones faciales puntiformes de reciente aparición". Ese mismo día a las 13, el médico cirujano Eduardo Gabriel Rege reiteró la evidencia de lesiones vesiculares en ambas mejillas, abdomen doloroso a la palpación, y solicitó tomografía computada de "abdomen y pelvis observando importante dilatación gástrica".

Los sucesivos controles practicados en esa fecha indican un empeoramiento progresivo. A las 16, un profesional cuyo nombre no puede identificarse señaló "abdomen levemente doloroso" e indicó "Ramitidina". Tres horas después, el mismo profesional dejó constancia de que el paciente se encontraba muy dolorido y con lesiones puntiformes en ambos muslos, aconsejando el uso de "Klosidol". A las 21,45, el doctor Rege informó que el enfermo presentaba "mal estado general" y "abdomen doloroso a la palpación profunda". A las 23, la revisación indicó que persistían los dolores en el abdomen y las lesiones faciales puntiformes, por lo que se solicitó control de laboratorio y, por primera vez desde la internación, "se evalúa conducta quirúrgica".

El informe de laboratorio realizado muestra: "glóbulos blancos 4.100, hematocrito 37 mm." y se solicita otro informe actualizado.

El día 6, sin que mediara indicación horaria, se señaló nuevamente el mal estado general del paciente, que registraba gases en sangre, y se detallaron datos complementarios. A las 2.10 de ese día se decidió efectuar una laparatomía exploradora, pero antes de su realización un paro cardiorespiratorio obligó a trasladarlo a la unidad de terapia intensiva.

En esta unidad, existen constancias diferentes relacionadas conla evolución clínica (fs. 13) y las indicaciones médicas (fs. 18). En esta última, sin indicación de día y hora se consignan los siguientes medicamentos: Ramitidina, Celtriaxona y Ornidazol. Cabe señalar que la perito médica describe a la primera de esas drogas como antiulcerosa y gastroprotectora y a la segunda como un antibiótico de amplio espectro "indicado para sepsis, meningitis, infecciones abdominales, infecciones de huesos, articulaciones, tejidos blandos, piel y heridas, infecciones en pacientes con defensas inmunitarias disminuidas". Por su parte, el Ornidazol es descripto como otro antibiótico de amplio espectro. Sobre la oportunidad de la terapia antibiótica se expide el médico infectólogo interviniente en la causa penal, que a fs. 151 afirma "que en el caso que nos ocupa, se infiere que la fecha de iniciación de la medicación antibiótica fue el 6 de febrero de 2000 ya que a las dos horas treinta minutos de ese día se decide el pase a terapia".

7 Us 2-MARZO-200,065 m0 20/2/2007, 1757

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:770 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-770

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