EL ESTRIBO S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales.
Si en la causa penal se investiga una conducta ilícita prevista en una ley de naturaleza federal —ley 23.737-, corresponde priorizar en la controversia la investigación a cargo del juez federal quien debe dilucidar si los bienes de la fallida —que integrarían el cuerpo del delito- fueron adquiridos con maniobras de lavadode dinero proveniente del narcotráfico en orden ala presunta infracción dela ley mencionada, en especial al estar comprometido un interés nacional de relevancia.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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Los integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comer cial del Departamento Judicial de Bahía Blanca y el titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 6 discrepan en torno a quien corresponde ordenar la incautación de los bienes de la hoy fallida —El Estribo S.A.— (v. fs. 46, 113 y 129/130).
En la causa, los magistrados del tribunal provincial resolvieron que corresponde atribuir competencia al juez del proceso falencial a losfines deordenar el mandamientode incautación y desapoderamiento de los bienes de la aquí fallida. Señalaron que el negocio sospechado e investigado en el marco del proceso penal, involucra el paquete accionario de la quebrada; por lo tanto interpretan que la inter dicción cautelar de los juicios criminales solo puede alcanzar a las acciones representativas de su capital social, que integran el patrimonio de los adquirientes presuntamente implicados en el delito de que se investiga. También indicaron que cualquiera fuere la conclusión a la que se arribeen el juiciopenal, ella no puede afectar en modo alguno la prenda común de los acreedores, constituida por los bienes que integran el
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3455
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