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Fallos: 330:170 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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Por ello, se desestima la queja. Notifíquese, hágase saber a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, y archívese.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — ENRIQUE

SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLos MAQUEDA.
CHEVRON SAN JORGE S.R.L.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.

No corresponde que la Corte Suprema asuma competencia en la causa promovida por una provincia por cobro de tributos o gravámenes o derechos reclamados con arreglo a la ley local, pues la recaudación de sus rentas es función que le incumbe al Estado provincial.

—Del precedente "Tecpetrol SA", al que remitió la Corte Suprema—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.

Los tribunales nacionales no pueden resolver sobre la validez o inconstitucionalidad de tributos locales cuyo cobro se persigue en juicio de apremio seguido ante lajusticia provincial, sin perjuicio de que esa cuestión sea traída asu conocimiento por el recurso del art. 14 dela ley 48 o por devolución delo pagado indebidamente ya que, al menos en principio, el juez llamado a conocer de la demanda es necesariamente el de las excepciones que desea oponer el demandado.

—Del precedente "Tecpetrol SA", al que remitió la Corte Suprema—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.

Para quela causa corresponda ala jurisdicción del fuero federal, la materia federal debe ser la predominante para la solución del caso.

—Del precedente "Tecpetrol SA", al que remitió la Corte Suprema—.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:170 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-170

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