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Fallos: 330:1219 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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DE JUSTICIA DELA NACION 1219 230
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

Contra la sentencia de la Sala "D", de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, a fs. 71/73, modificó parcialmente la decisión de la jueza de grado con el efecto de disponer que la ejecución seguirá por el capital de $ 2.345 —que resulta de la conversión de u$s 1 =$ 1-, con más el coeficiente de estabilización de referencia y los intereses liquidados según las pautas fijadas en el precedente "Andreuchi", el actor interpuso el recurso extraordinario de fs. 77/78 vta., que fue concedido a fs. 88/89.

—I-

Reprocha arbitrariedad de la sentencia pues aplicó la ley de emergencia económica y el decreto 214/02, pesificando una obligación en dólares estadounidenses nacida con posterioridad al 6 de enero de 2002, e invocando para ello los fundamentos contenidos en la sentencia dictada en los autos "Andreuchi", en los cuales se ejecutaba un pagaré suscripto el día 7 de agosto de 2001, y por ende inaplicable al caso de autos.

— HI Se ejecuta en el sub lite un pagaré que se dice librado el 14 de febrero de 2003, cuya fecha de emisión fue negada por el demandado sin desconocer la autenticidad de su firma, circunstancia ante la cual, el a quo manifestó que el hipotético abuso de la firma en blanco y la atribuida infracción a lo convenido en el negocio jurídico que motivó la emisión del pagaré, comportan contingencias improponibles en juicio ejecutivo, donde el conocimiento se concentra en las formas extrínsecas de los documentos, y no procede indagar cuestiones causales (v.

sentencia fs. 71/72, cons. 3. a).

En tales condiciones el recurso debe prosperar, toda vez que, dentro del limitado marco de conocimiento que autoriza el juicio ejecutivo, 1 Us 2-MARZO-20,65 1219 20/2/2007, 1757

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1219 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-1219

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