d 406 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Caso.—Lo esplica el Falle del Juez Federal La Plata, Junio 4 de 1887, Vistos estos autos seguidos por Don Bernardo Azaro contra Don Juan Malcolm, de que resulta:
4 Que don Bernardo Azaro se presenta ante este Juzgado ó demandando á Don Juan Malcolm, por indemnizacion de daños Y perjuicios por falta de cumplimiento á un contrato de arrendamiento de una quinta en Belgrano, por haber pedido y obtenido dela justicia de provincia la terminacion del contrato antes del término fijado.
2" Que corrido traslado dela demanda, Malcolm alega que el contrato de arrendamiento no tenía plazo fijo, y fué por eso que pidió el desalojo, que se le acordó con el plazo de ley, seis meses, y que además, se hizo valer ante la justiciá de provincia el hecho, que hoy viene invocándose, de que el contrato era 4 plazo fijo.
Que aunque se abrió 4 prueba, no se produjo ninguna que estableciera tal hecho, Que aunque así no fuera y se hubiera cometido una verdadera injusticia con el señor Azaro por parte delos Tribunales de Provincia, él no tendría responsabilidad alguna, desde que es sabido que no la tiene el que ejercita un derecho; y agregando olras consideraciones.
Y considerando: 1 Que segun la propia relacion del demandante, corroborada por las esplicaciones y citas del demandado, se constata que el hecho fundamental de esta demanda, es, ó debe limitase á reclamar ante la justicia rederal de una resolucion 6 fallo de los Tribunales Provinciales; y esta reclamacion
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:406 
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