FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de marzo de 2006.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, al que sele remitirá. Hágase saber al Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLos S. FAYr — JuAN CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LorEnzETTI (en disidencia) — CARMEN M. Arcisav (en disidencia).
DiSIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES
DON RICARDO Luis LORENZETTI Y DOÑA CARMEN M. ARGIBAY
Autos y Vistos:
La causa que diera origen al presente incidente se inició en opor tunidad de un procedimiento de control vehicular producto del cual se habría constatado que Romina Percovich se hallaba conduciendo un automóvil que, además de llevar colocadas placas de dominioquenole correspondían registralmente, contaba con un pedido de secuestro de la Comisaría de San Martín 1° de la Policía Bonaerense. En aquella misma oportunidad, la imputada habría exhibido y entregado al personal preventor una cédula de identificación del automotor apócrifa.
Conforme surge de los testimonios de fs. 1/3 vta., el señor juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, en su oportunidad, dictó el procesamiento de Percovich en orden alos delitos de uso de documento falso y encubrimiento por la receptación del vehículo en cuestión, elevándose la causa a juicio oral respecto de dichos delitos.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:843
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