22. Ante el daño irreversible producido por la pérdida de la vida, la tarea de traducción de este derecho a términos económicos que lleva a cabo el Poder Judicial en estas circunstancias incluye no solamente la búsqueda de pautas indemnizatorias suficientes, sin también la exigencia de establecer pautas temporales que no desnaturalicen irremediablemente por su dilación la reparación (Disidencia parcial de los Dres. Juan Carlos Maqueda y Luis Roberto Rueda): p. 5382.
Derecho de asociación 23. La sentencia que denegó ala recurrente la autorización para funcionar como persona jurídica restringe el derecho de asociación consagrado por el art. 14 de la Constitución Nacional y por tratados internacionales deigual jerarquía reconocidos por el art. 75, inc. 22, dela Ley Fundamental, pues si bien no impide ala entidad peticionaria reunirse para la defensa y promoción de sus intereses y, eventualmente, ser considerada como una simple asociación civil, en alguna de las dos variantes previstas en el art. 46 del Código Civil, nole permite disfrutar de todos los der echos que ejer cen las asociaciones autorizadas: p. 5266.
24. Siempre que una entidad peticionaria llene el recaudo al cual la L ey Suprema condiciona el reconocimiento del derecho de asociarse, la denegación de personería jurídica causa un agravio en tanto leimpide obtener el status más elevado contemplado por las normas reglamentarias del der echo de asociación: p. 5266.
25. El derecho de asociarse con fines útiles que consagra nuestra Constitución desde 1853, ha sido fortalecido y profundizado por la protección reconocida a toda persona en diversos textos internacionales de los derechos humanos que tienen jerarquía constitucional en los términos del art. 75, inc. 22 (Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 20.1; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, art. XXII; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 22.1; Convención Americana de Derechos Humanos, art. 16.1): p. 5266.
26. El art. 43 dela Constitución Nacional reconoce legitimación procesal alas asociaciones que propendan a la protección de los derechos contra cualquier forma de discriminación: p. 5266.
27. El concepto de fines útiles que condicionan el derecho de asociarse sólo podrá ser definido ponderando el alcance de ese derecho en relación funcional con otras garantías esenciales del estado constitucional vigente en la República, al igual de lo que ocurre con el derecho de reunión, con la libertad de expresión o de prensa: p. 5266.
28. Ain de definir cuál es el contorno mínimo dela utilidad constitucional mente exigible para tutelar el derecho de asociarse no parece discutible, en un estado de derecho, la posibilidad quetienen los ciudadanos de fundar una persona jurídica con plena personería para actuar colectivamente en un ámbito de su interés. El modo en que esta libertad de asociación es con sagrada por la legislación nacional y, sobremanera, aplicada en la práctica por las autoridades, es uno de los indicador es más segur os de la salud institucional de la democracia: p. 5266.
29. Sólolailicitud de promover la asociación un objeto común que desconozca o violente las exigencias que para la protección a la dignidad de las personas establece el art. 19
Compartir
90Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6165
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6165
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 1279 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos