CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
La garantía de igualdad antela ley radica en consagrar un tratolegal igualitario a quienes se hallan en una razonable igualdad de circunstancias, y el grado de acierto o error, mérito o conveniencia de la solución adoptada por otros poder es, constituyen puntos sobre los cuales no cabe al Judicial pronunciarse, en la medida en que el ejercicio de las facultades propias de aquellos no se constate irrazonable, inicuo o arbitrario.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
La sanción impuesta a quien suministró trabajo rentado, en explotaciones agrícolas, a residentes ilegales, con fundamento en losarts. 31 y 48, ítem a), primera parte, de la ley 22.439, en la versión de la 24.393, no resulta violatoria de la igualdad ante la ley, en tanto se respetó la calificación y sanción establecida en la norma, la cual no se evidencia como irrazonable, arbitraria o inicua.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
Si no se ha demostradola existencia deuna inequidad manifiesta, o de un apartamiento írrito del principio de igualdad, el juicioreferenteala proporcionalidad de la pena —que se trasunta en la ley 22.439- es de competencia exclusiva del legislador, sin que competa a los tribunales juzgar del mismo, ni imponer graduaciones o distinciones que la ley no contempla, desde que instituye iguales sanciones a todos los que incurran en la infracción que se incrimina como una suerte de salvaguarda del referido principio.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
LEY: Interpretación y aplicación.
No corresponde sustituir al legislador, sino aplicar la norma tal como éste la concibió, ya que está vedado a los tribunales el juicio del mero acierto o conveniencia de disposiciones adoptadas por los otros poder es en el ejercicio de sus propias facultades.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
Corresponde r echazar la supuesta afectación de la defensa en juicio si la sancionada por haber suministrado trabajorentado, en explotaciones agrícolas, a residentes ilegales, consintió el procedimiento realizado por la Dirección Nacional de Migraciones, desde que no compareció a ninguna etapa del mismo, no ofreció
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5568
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