329 rigor formal se impidió el tratamiento de la cuestión de fondo, omitiendo el examen de agravios planteados, circunstancia que determinaría la nulidad delo resuelto.
En esencia, ataca la decisión del juez de grado y de la cámara que lo confirma por carecer del grado de certeza que es menester para el dictado de un sobreseimiento, estado de convicción que, según alega, es incompatible con la no producción de la prueba oportunamente ddispuesta por el juez y conducente para la resolución del caso.
Y en concreto, se agravia por no haberse realizado el examen de A.D.N. puesto que de acreditarse la paternidad del imputado se demostraría la contradicción con el tiempo de gestación fijado, cuyorigor científico la parte cuestiona, circunstancia que, a su manera de ver, impide descartar que el hecho sucediera, como dice T., el 1° de agosto de 2002.
Por otro lado, amén de las constancias que a su juicio avalan la existencia del hecho denunciado y que no fueron consideradas, critica la valoración hecha sobre la prueba de testigos toda vez que éstos se refieren a horarios aproximados, como también lo hace la denunciante, y los lapsos de diferencia permitirían concluir que el imputado sí pudo estar en el lugar del hecho.
Por último, invoca la doctrina sobre gravedad institucional por tratarse de un caso sensible a la comunidad provincial, nacional e internacional, por las cuestiones de género y der echos humanos ventiladas, con repercusión en la opinión pública.
3. Sobre la base de que la impugnación pretende la revisión de los hechos a partir del valor asignado a la prueba y descartando el supuesto excepcional de la arbitrariedad, el a quo rechazó el recurso extraordinario.
4. En su escrito de queja, la apelante sostiene que ese rechazo se ciñó a invocar una doctrina de carácter general y omite señalar por qué se descarta el supuesto de arbitrariedad alegado.
—IV-
Los pronunciamientos de los más altos tribunales provinciales que deciden acerca de la procedencia de los recursos extraordinarios de
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4786
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