La adopción de la fórmula, que difiere de los antecedentes en que se enfatiza de manera contundente que la compensación no podrá ser disminuida "de manera alguna", tiene su origen en el art. 57 del anteproyecto elaborado por el constituyente Benjamín Gorostiaga. Si bien la norma reconoce como modelo formal la Constitución de Estados Unidos de América, cuyo artículo III, 1ra. parte establece que "los jueces de la Corte Suprema y delos Tribunales Inferior es permanecerán en sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán en épocas señaladas una compensación por sus servicios, que no será disminuida mientras duren en sus empleos", introduce el énfasis mencionado.
11) Que afin de ponderar las diferencias de tenor literal entre las dos normas constitucionales señaladas, resulta conveniente tener en cuenta que la cláusula estadounidense reconoce antecedentes en el derecho inglés, en particular en su previsión en la ley de sucesión dictada en el año 1701, en tiempos de Guillermo 11 —Act of Settlement— que tuvoel carácter de ley fundamental, conforme ala cual los sueldos de los jueces eran fijos e invariables. Asimismo, durante el reinado de Jorge Il|, los sueldos de los jueces fueron absolutamente asegurados durante la continuación de sus nombramientos (Kent, James, "Del gobierno y jurisprudencia constitucional de los Estados Unidos", Buenos Aires, 1865, pág. 128). El carácter crítico del tema revistió tal magnitud que incluso fue considerado en la Declaración de la Independencia de los Estados Unidos de América, donde se acusó a la monarquía inglesa de hacer a los jueces dependientes de su sola voluntad, en virtud de la disposición del tiempo de duración del empleo, y la cantidad y pago de los salarios judiciales.
En el proceso constituyente estadounidense se discutió específicamente la extensión de la garantía, en concreto respecto de si la previsión constitucional debía prohibir solola disminución, obien también el aumento de los sueldos de los magistrados durante el ejercicio delasfunciones. La Comisión, en el debate general, primero analizóla posibilidad de adoptar un tenor literal que prohibiera ambos supuestos (1 Max Farrand, The records of the Federal Convention of 1787, pág. 121), sin embargo, en el debate subsiguiente de la Convención, y, finalmente, al realizarse el reporte de la Comisión en detalle, fue rechazada la prohibición de la posibilidad de aumentos. Básicamente el argumento tenido en cuenta para decidir el rechazo a dicha previsión se debía a que se consideró era factibleque aumentara el costo de vida Fallon, Richard H., Meltzer, Daniel J., Shapiro, David L., The Fede
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:422
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