El fallo dictado por la Cámara de Apelaciones, al confirmar el de primera instancia, rechazó la nulidad de la Resolución N 1430/93, dictada por el ministro de Relaciones Exteriores y Culto, que impuso al actor la sanción de exoneración, prevista en el artículo 41.cdela ley 20.957. Esta última establece la organización y el funcionamiento del Servicio Exterior dela Nación.
2 )Esnecesario comenzar por hacer una descripción de los aspectos del caso no controvertibles en esta instancia y relevantes para la solución que propondré, según ellos surgen de la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones.
Hacia 1991, el actor, Oscar Federico Spinosa Melo, se desempeñaba como embajador plenipotenciario de la República Argentina ante la República de Chile. El 11 deoctubre de 1991, el ministro de Relaciones Exteriores y Culto inicióun sumario administrativo N 1453/91, en el que se imputó al nombrado diversos comportamientos que también fueron materia de investigación en dos causas penales que concluyeron en sendos sobreseimientos. El sumario administrativo dio lugar al dictado de la resolución ministerial N 289/93, de fecha 15 de febrero de 1993, por la cual se aplicó a Spinosa Melo la sanción de retiro obligatorio, establecida en el artículo 41.b de la ley 20.957. Se dejó constancia de quela sel ección de esta sanción respondía a la necesidad de apartar a Spinosa Melo del servicio activo, pero no privarlo del haber de retiro (Apartado |l1.1 de la sentencia).
A su vez, el 7 de febrero de 1992, el ministro del ramo, había dispuestola apertura de un segundo sumario administrativo, N 195/92, por otros hechos, atribuidos a Spinosa Melo en noticias periodísticas publicadas entrelos días 13 y 17 de enero de 1992. Este procedimiento administrativo terminó el 11 de junio de 1993 con el dictado de la resolución N 1430/93 que exoneró al actor (Apartado |I1.2 de la sentencia).
Es dificultoso establecer con precisión cuáles habrían sidolas conductas de Spinosa Melo que fuer on objeto deimputación en el sumario administrativoN 195. El apartado IV dela sentencia, bajo el anuncio de "hechos que dieron fundamento ala sanción", introduce una serie de acciones que remiten en definitiva a las siguientes: a] intento de extorsionar al político chileno Julio Dittborn y a otras personas (apartado IV, Nros. 1,2, 3, 4, y 5) y b] realización de "conductas equívocas" que básicamente habrían consistido en escapadas nocturnas del em
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3638
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