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Fallos: 329:3073 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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tribunal que entenderá en la causa con arreglo a las disposiciones locales de aplicación.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAquepa (según su voto) — RicarDo Luis LORENZETti — CARMEN M. ArcIBAY.

VoTo DEL SEÑOR
MINISTRO DOCTOR DON JUAN CARLos MAQUEDA
Considerando:

Que el infrascripto concuerda con el voto de la mayoría, con exclusión de los considerandos 6 °, 7 ° y 8".

Por ello y de conformidad con la opinión expresada por la señora Procuradora Fiscal en el dictamen de fs. 103/104, se resuelve: Declarar laincompetencia de esta Corte para entender en forma originaria en este juicio. Notifíquese, comuníquese al señor Procurador General y ala señora Defensora General sustituta, agréguense copias de los precedentes citados en el considerando 2° y, oportunamente, remítanse las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba afin de que, conforme a loresuelto, decida lo concerniente al tribunal que entenderá en la causa con arreglo alas disposiciones locales de aplicación.


JUAN CARLos MAQUEDA.
Actora: Paula Yanina Blackie, por sí y en representación de sus hijos menores M.S.

M.y F.A.B., representada por el Dr. Eduardo F. Zanlungo, con el patrocinio letrado del Dr. Ernesto Horacio Devoto.

Demandada: Provincia de Córdoba, representada por los Dres. Edgard Bernaus y Claudio Martín Viale, con el patrocinio letrado de Dr. Elea Peliche.

Intervino defensora oficial Dra. Stella Maris Martínez.

Dictaminó: Procurador Fiscal Dra. María Graciela Reiriz.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3073 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-3073

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