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Fallos: 329:2284 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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de adecuada tutela por vía del recurso extraordinario (Fallos: 310:295 y 318:992 citado).

—IV-

Por todo lo expuesto, considero que debe confirmarse la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Buenos Aires, 28 de diciembre de 2005. Ricardo O. Bausset.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de junio de 2006.

Vistos los autos: "Verga, Angela y otros d/ Tagsa S.A. y otros s/ daños y perjuicios".

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal subrogante, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por aquél, se confirma la sentencia apelada. Notífiquese y, oportunamente, devuélvase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI — CARMEN M. ARGIBAY.


JUAN CARLOS MANSILLA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

Corresponde revocar la sentencia que rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley que apuntaba a remover los obstáculos formales alegados por la casación local para sustraerse al conocimiento de planteos propios de su competencia, en

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2284 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-2284

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