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Fallos: 328:5431 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Relata que el 9/2/98 Bautista Alberto Huici siendo asistido por Marcelo García amplía su indagatoria y afirma que sus anteriores versiones fueron vertidas "presionado e inducido por su abogado Guillermo Federico Domínguez en connivencia con la doctora Marta Parascándalo a dedarar diferentes mentiras, como así también a incorporar cuestiones que... desconocía" (sic) y que detalló.

—La defensa considera que el cargo es nulo por violación a la garantía de la defensa en juicioy seremitea lo manifestado al impugnar cargos anteriores.

Sin perjuicio de ello sostiene que la acusación intenta atribuirle responsabilidad al juez por los hechostratados en este acápite, perolo cierto es que en ninguno de ellos aquél tuvo intervención ni conocimiento de la manera en que se realizaron las mentadas entrevistas entre funcionarios policiales eimputados.

Reconoce la defensa que quizás los policías hayan obrado del modo irregular que señala la acusación, ya sea por el interés de aquéllos en atribuirse el esclarecimiento del atentado o por otros motivos, todo lo cual resulta ajeno al expediente.

Considera que Galeano nunca impartióuna directiva para que los nombrados se condujeran como afirma la acusación y por ello ninguna responsabilidad puede atribuírsele al magistrado.

Agrega la defensa que el presuntoirregular sumario administrativo labrado por la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en modo alguno resulta atribuible al juez federal, pues el sobreseimiento de Burguete fue dispuesto a raíz de lo pedido por el entonces Subsecretario de Seguridad doctor Federico Domínguez al considerar que esta medida "era beneficiosa para la investigación".

Expresa que en dichas actuaciones administrativas no se verifica la intervención de Galeano, sino que se advierte la existencia de razones de otra índole en las que habrían tenido injerencia autoridades del gobierno y pdlicías de la provincia de Buenos Aires, quienes —sostiene- sin duda por una u otra razón, tenían interés en poder lograr esclarecer el atentado terrorista y, quizás también ese mismo interés haya sido el que movilizóa losfuncionarios policiales a desarrollar las supuestas irregularidades que menciona la acusación, que más allá de todo ello lo concreto es que nada permite que tales circunstancias

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5431 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5431

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