C.4) Interrogatorios de Armando Antonio Calabró a Juan Carlos Nicolau, Carmelo Juan lonno y Juan Carlos Ribelli.
Que se endilga a Juan José Galeano haber permitido que el comisario general Armando Antonio Calabró filmara y grabara los interrogatorios que les formulaba a potenciales testigos, lo que demuestra acabadamente como se exploraba a estos fuera dela causa a efectos de establecer si lo que sabían podía servir a la investigación.
Menciona el dialogo mantenido el 18/7/96 entre dos personas de nombre Juan Carlos Nicolau y Carmelo Juan lonno a través de la línea N ° 664 5988, registrada en el casete 10 lado B. Que con la colaboración delos oficial es Jofre y Menno y con conocimiento de Galeano se condujo mediante engaños a Juan Carlos Ribelli, Juan Carlos Nicolau y a Carmelo Juan lonno ala Dirección General de Investigaciones donde selos alojó en oficinas separadas para luego interrogarlos sin dejar ninguna constancia escrita. Además se los filmó y grabó subrepticiamente y se los retuvo ilegítimamente.
Agrega que al deponer en el tribunal oral Calabró afirmó que el doctor Galeano estuvo al tanto de su actuación por cuanto lo iba interiorizando telefónicamente de las diligencias practicadas.
Afirma que desde el 23/7/96 Galeano tuvo en su poder el video con el producto de las actividades inquisitivas de Calabró, el que ordenó reservarlo en secretaría y recién el 8/9/97 solicitó a la División Pericias de PFA su transcripción y el 6 de noviembre de ese año ordenó agregarla ala causa.
Indica que resulta también llamativo el hecho de que al momento en que Galeano recibió declaración a Nicolau, lonno y Juan Carlos Ribelli el 24/7/96, ninguno aludió a los interrogatorios a los que habían sido sometidos pocos días antes por Calabró.
—La defensa, con remisión a las explicaciones dadas por el juez enjuiciado ante el Consejo de la Magistratura, manifestó que de una atenta lectura de la resolución que dispone el procesamiento y prisión preventiva de Juan José Ribelli y los demás imputados, permite concluir que el señor juez federal no tuvo una actitud tolerante hacia el accionar del comisario Armando Calabró sino que evidencia el incorrecto proceder de aquél en la investigación, situación que fue puesta formalmente en conocimiento del entonces Jefe dela Policía dela Pro
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5427
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