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Fallos: 328:5396 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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en cuenta quelos valores y bienes que se encuentran en juego exigen un compromiso mayor que el trámite de otros niveles de competencia, genera sin duda un mayor estrés en el personal, un dima muchas veces conflictivo y de nerviosismo, turbación y ansiedad, por parte de quienes emiten y ejecutan órdenes.

Por estas razones, es evidente que en un juzgado de instrucción las relaciones humanas no son las ideales, la convivencia puede registrar episodios no deseables, frustraciones y fastidios, ante las emergencias desoontroladas, las órdenes mal ejecutadas o el incumplimiento odesatención de obligaciones elementales.

Desde ese contexto no idealizado, porque nos alejaríamos de la realidad que registran la mayoría de los juzgados de instrucción, debemos pasar a examinar otros estados observables, como la camaradería. La tensión y el clima de urgencia alientan mayor contacto entre el personal, mayor solidaridad eintimidad, aún entre el juez, secretario y el personal del tribunal.

Es casi extravagante pensar en un juzgado de instrucción donde el juez se encuentre aislado de sus dependientes o de las jerarquías sucesivas, más allá de que la relación en estos grupos aparezca inicial mentetensionada y luego con mayor camaradería. Como todo grupo donde existe tensión, las relaciones se construyen dentro de una elasticidad que genera urgencia eincomodidad per oigualmente humor y camaradería.

El JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN N° 29.

4°) Quelarealidad ala que se está haciendoreferencia es fácil de observar, de conocer y de comprobar en el propio juzgado dirigido por el doctor Mahdjoubian, donde se registraban estas formas de convivencia tan particulares.

Sin embargola similitud de estas rutinas y concertaciones domésticas, repetidas en todos los juzgados de instrucción, en el caso del tribunal del doctor Mahdjoubian ha sufrido una alteración que podríamos denominar patológica. La exacer bación de formas de comportamientos y actitudes absolutamente reñidas con la ética y el decoro exigido a un funcionario judicial apareció durante muchos años en el

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5396

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