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Fallos: 328:5367 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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putación alternativa", esto es que la omisión de denuncia no hubiere sido —según sostiene- materia de la indagatoria, en sede penal.

La defensa ha pedido que se juzgue al doctor Mahdjoubián con lo que se conocía en ese momento.

Así se ha hecho, conforme lo que se viene describiendo, habida cuenta de que el "momento" refiere auna secuencia temporal, con una diversidad de acciones y omisiones con relevancia jurídica para la decisión del caso.

Hay afirmaciones de la defensa que no admiten el tamiz delalógica. Que la cámara oculta estaba ostensiblemente dirigida a Moreno Ocampo y que en consecuencia el juez no tenía nada que ver, noresiste antela preocupación de Rossi, Seyahián, Mauro, los pdlicías, Cabral y Luna y —especialmente- del propio juez, que se reunió, se engjó, dijo haber verificado una irregularidad, reiteró a su secretario que no se reuniera con esos abogados, y "ordenó un sumario administrativo".

Justificar que el juez no efectuó la denuncia por que ya estaba denunciado, es como decir "para qué suministrarle un remedio si ya estaba muerto".

Escuestión, precisamente, de momentos. Así como el remedio pudo ser Útil para el paciente antes de su muerte, la denuncia debió ser hecha por el juez cuando supo de los acontecimientos. Lootroapareció desde afuera y con los hechos consumados.

Y así como hablamos de denuncia, podríamos decir: sumario, actuaciones preventivas, comunicación a la Cámara del Fuero, informe escrito del juez, etc.

Ni denuncia ni nada. ¿Para qué, por qué hay que denunciar?, dice la defensa.

Justamente, esa esla cuestión.

Los tiempos, tales como las palabras, parecen difuminarse y tener un sentido equívoco en opinión de la defensa técnica. Así, queriendo justificar la omisión de Mahdjoubián nos dice: "...no hubo una cderidad extrema..." "...no hay término..." "...no era urgente..." "...el programa no serefería a estetema..".

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5367

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