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Fallos: 328:4256 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito, hágase saber y archívese.


CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos querellante), representado por las Dras. Sonia Elisa Silva y Verónica Iris Carra, con el patrocinio letrado de la Dra. Silvana Tronchin.

Tribunal de origen: Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala A de la Cámara en lo Penal Económico y Juzgado Nacional en lo Penal EconómicoN° 2.


MARTA ISAURA TROTTA
SUPERINTENDENCIA.
Al encontrarse cumplidos los requisitos establecidos por la acordada N ° 39/85, cor responde hacer lugar a la solicitud de la prosecretaria administrativa que se desempeña en la oficina de Investigación de Derecho Comparado y Bibliotecas para queseleliquidela bonificación adicional en virtud de su título de Licenciada en Filosofía si la titular de dicha dependencia destacó que la peticionaria desempeña tareas compulsando publicaciones y elabora artículos sobre la base dela filosofía política y del derecho.


RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2005.

Visto el expediente caratulado " Oficina de Derecho Comparado del Poder Judicial de la Nación— haberes bonificación adicional por título —Trotta Marta Isaura —Licenciada en Filosofía", y Considerando:

1°) Quelaprosecretaria administrativa Marta Isaura Trotta —quien se desempeña en la oficina de Investigación de Derecho Comparado y

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4256 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4256

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