cuentra sometido a proceso, ya que el total respeto de esas garantías y de un derecho penal limitado, son las bases sobre las que se asienta un verdadero Estado de Derecho (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
ESTADO DE DERECHO.
En un Estado de Derecho, por definición, no puede admitir se —como en un régimen totalitario, en que se da por sentado que existe un derecho penal para los enemigos- la distinción entre "ciudadanos" y "enemigos" como "sujetos con distintos nivelesde respeto y protección jurídicos" (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
ESTADO DE DERECHO.
Los derechos y garantías fundamentales propios del Estado de Derecho, sobre todo los de carácter penal material y procesal penal son presupuestos irrenunciables de la propia esencia del Estado de Derecho. Si se admite su derogación, aunque sea en casos concretos extremos y muy graves, se tiene que admitir también el desmantelamiento del Estado de Derecho, cuyo ordenamiento jurídico se convierte en un ordenamiento puramente tecnocrático o funcional (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION NACIONAL.
La interpretación de la Constitución Nacional, así comolos esfuerzos destinados a asegurar su vigencia, no pueden desentenderse dela realidad viviente de cada época por desgarrante que ella haya sido. Esta regla no implica destruir las nobles bases que ella sienta, sino defenderlas en el orden superior de su perdurabilidad y el de la Nación misma, para cuyo gobierno ha sido instituida, sin que se puedan ignorar los avatares que la afectan de modo de hacer de ella una creación viva, impregnada de realidad argentina, sea esta realidad grata o ingrata (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
DICTÁMENES DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—|—La Sala ll dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad confirmó el auto de primera instancia que decreta el procesamiento con prisión preventiva de Julio Héctor Simón y amplía el embargo sobre sus bienes, por crímenes
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:2105
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