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Fallos: 328:1375 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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los hechos obrante en autos (fs. 476/485), la defensa del nombrado interpuso recurso de apelación ordinario que fue concedido a fs. 502 y fundado en esta instancia (fs. 509/518).

2) Que los agravios que, en lo sustancial, fundan el recurso se refieren ala ausencia del recaudo contemplado por el art. 13, inc. d de la ley 24.767, en cuanto exige "resolución judicial" tanto respecto de la solicitud de extradición como de la orden de detención que le da sustento. Asimismo, le atribuye deficiencias formales al pedido de extradición por imprecisiones en la fecha de comisión del delito, no haber identificado debidamente a las víctimas del hecho imputado y no incluir referencias respecto de las pruebas que sustentan la acusación que pesa en su contra. Por último, adujo que el requerimiento de extradición obedecería a una persecución política por parte del Estado requirente.

3) Que el agravio fundado en el incumplimiento del recaudo contemplado por el art. 13, inc. d, de la ley 24.767 sólo fue planteado en esta instancia. Sin embargo, puesto que se trata de una cuestión susceptible de afectar el orden público argentino y que el mencionado requisito es un presupuesto necesario para que el Estado Nacional conceda la extradición, debe ser igualmente tratado por este Tribunal.

4°) Que, sin querer abrir juicio sobre las formas de organización del procedimiento penal de un Estado extranjero, debe afirmarse que la documentación presentada por la Federación Rusa noreúne los requisitos contenidos en la ley 24.767.

Admitir este pedido sin más, sería un peligroso precedente derogatorio de la ley penal argentina y de la garantía del debido proceso consagrada por el art. 18 de la Constitución Nacional, y enriquecida por los tratados de der echos humanos que gozan de jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22).

5°) Que en función de lomanifestado y por no encontrarse cumplimentados los requisitos legales para el otorgamientodela extradición solicitada, manteniendo la posición de A.208.XXXVIII. "Andreev, Andrey s/ extradición", votos de la mayoría y concurrentes de los jueces Maqueda y Highton, del 22 de diciembre de 2004; lo que torna inoficioso ingresar al análisis de los demás agravios planteados en la apelación.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1375 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-1375

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