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Fallos: 327:6272 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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MEDIDAS CAUTELARES"

INDICE SUMARIO -
Acción de amparo: 22, 23. Medida de no innovar: 4, 5,9 a 11, 14, 15.

Medio ambiente: 21.

Derecho a la preservación de la salud: 22, | Moneda: 4.

23. Moneda extranjera: 11, 14, 15.

Dólares estadounidenses: 11, 15. Multas: 5.

Ejecución fiscal: 5. . .

Emergencia económica: 11, 14, 15. Pesificación: 11, 14, 15.

Energía eléctrica: 21. Provincias: 11, 14, 21.

Prueba: 16.

Impuesto a las ganancias: 18. Sanciones conminatorias: 9.

Jurisdicción y competencia: 22, 23. Sentencia de la Corte Suprema: 15.

Servicios públicos: 6, 21.

Letra de tesorería: 4. - , Medicamentos: 22, 23. Títulos de la deuda pública: 11, 14.

1. No corresponde, por vía de una medida cautelar, interferir en procesos judiciales ya existentes, sin perjuicio de que las interesadas ocurran ante los jueces que intervienen en los expedientes a fin de hacer valer los derechos que consideran tener: p. 4773.

2. Atento el carácter provisional de las medidas cautelares (arg. arts. 202 y 203, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ), cabe pronunciarse respecto de su solicitud sin que obste a ello la denegatoria anteriormente decidida, pues el juzgador debe valorar las cuestiones planteadas según la situación existente al momento de la decisión: p. 4773.

3. Si bien, por vía de principio, las medidas cautelares no proceden respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunción de validez que ostentan, tal doctrina debe ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosfmiles: p. 4773.

4. Ante la verosimilitud en el derecho invocado, corresponde hacer lugar ala prohibición de innovar, a fin de que la Provincia de Entre Ríos se abstenga de realizar actos tendientes al cobro de Jas multas derivadas de la aplicación de la ley 9359, y que resulten consecuencia del no reconocimiento del poder cancelatorio de las letras de tesorería denominadas "Federal": p. 4773. .

5. La medida cautelar tendiente a impedir la realización de actos tendientes al cobro de las multas derivadas de la aplicación de la ley 9359 de Entre Ríos no es idónea para 1) Ver también: Beneficio de litigar sin gastos, 2; Medida de no innovar, 1 a 5; Recurso de queja, 9; Recurso extraordinario, 130, 171, 240, 243.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6272 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6272

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