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Fallos: 327:6131 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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———— —.] —ÚÉÑ ———————°—— AÑO 2004 :

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

CAUSAS EN ESTADO DE SER EJECUTADAS EN LOS QUE EL

OBLIGADO AL PAGO SEA EL ESTADO NACIONAL.
ACLARACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N: 560/2004.

— Ne 2345 — Buenos Aires, 2 de diciembre de 2004.

Visto:

La nota N° 348/AJ/04, presentada por la Directora Nacional de Asuntos Judiciales de la Procuración del Tesoro de la Nación y; Considerando: y Que mediante nota N° 348/04 la representante de la Procuración del Tesoro de la Nación solicitó aclaración de la resolución N° 560/04, en lo atinente a las causas en las cuales el obligado al pago sea el Estado Nacional. Pone de manifiesto asimismo la funcionaria que —para las hipótesis en las cuales el obligado al pago no sea un órgano integrante de la órbita estatal— en el mes de diciembre de 199, el Procurador del Tesoro dictaminó que la representación del Estado Nacional sería ejercida por el servicio jurídico del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derecho Humanos, con lo cual y a fin de garantizar los principios de eficiencia y celeridad en los trámites, pide que dichas causas sean remitidas de manera directa al referido ministerio.

Que conforme a la prescripción emanada del art. 66 de la ley 24.946, por resolución N° 560/04 del 15 de abril del corriente año (°) se dispuso remitir al citado organismo las °) Dicha resolución dicé así:
REMISION A LA PROCURACIÓN DEL TESORO DE LAS CAUSAS

EN ESTADO DE SER EJECUTADAS.
— Ne 560 — Buenos Aires, 15 de abril de 2004.

Visto:

Lo manifestado por el Sr. Administrador General; y

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6131

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