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Fallos: 327:5232 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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arreglo a lo expuesto. Buenos Aires, 22 de junio de 2004. Felipe Daniel Obarrio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Pachilla, Hugo Armando y otros e/ Transportes Metropolitanos General Roca S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de los apelantes han sido objeto de examen adecuado en los fundamentos del dictamen del señor Procurador General sustituto, que el Tribunal comparte y hace suyos en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y remítase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S.

FAYT — ANTONIO BOGGIANO — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL
ZAFFARONI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco (en disidencia).


DISIDENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA
DOCTORA DOÑA ELENA 1. HIGHTON DE NoLAsco Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5232 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5232

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