Recurso extraordinario interpuesto por Raúl Carrizo, representado por el Dr. Rubén Galassi.
Traslado contestado por la Caja Municipal de la Ciudad de Resistencia, representada por la Dra. Patricia Bartoli.
Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco.
LABORATORIO PHOENIX S.A.LC. y F. y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Costas.
La omisión de pronunciamiento sobre las costas en la anterior resolución de la Corte Suprema, implicó que deben soportarse por su orden.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Costas.
Si en la anterior resolución de la Corte Suprema se omitió imponer las costas, corresponde admitir el recurso de aclaratoria ya que se configura la situación prevista en el art. 166, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio, Juan Carlos Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Pedro Jorge José Coviello).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Costas.
No existe razón suficiente para apartarse del principio objetivo de la derrota establecido en el art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación si fue la conducta de la actora la que motivó la necesidad de:introducir el planteo en el que la recurrente resultó finalmente ganadora (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio, Juan Carlos Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Pedro Jorge José Coviello).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de julio de 2004.
Autos y Vistos; Considerando:
Que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) interpone recurso de aclaratoria con
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2926
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