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Fallos: 326:364 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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4) Que conforme con la doctrina de Fallos: 324:3602 —mayoría y votos concurrentes delos jueces Boggiano y Vázquez—correspondediferir la integración del depósito hasta la resolución dela queja, lo que impone el cumplimiento de los recaudos establecidos por la acordada 13/90.

Por ello, se desestima el pedido que antecede y se intima alarecurrente a que, dentro del quinto día de notificada la presente, cumpla con la acordada 13/90, bajo aper cibimiento de tener por no presentada la queja (inc. c, delamisma disposición incorporado por acordada 35/90).

Notifíquese.

ANTONIO BocGIANO — ADoLFo ROBERTO VÁzQuez.


GABRIEL ELADIO BERTORELLO CASTAGNINO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina de la arbitrariedad procura asegurar las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso, exigiendo que las sentencias sean fundadas y constituyan una derivación razonada del der echo vigente con aplicación a las constancias efectivamente comprobadas en la causa.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó al anestesista como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo (art. 84 del Código Penal) si —al no tener en cuenta las dedaraciones de otros participantes de la operación que coincidieron en que la extubación anestésica fue corregida a tiempo por el imputado- ha considerado en forma fragmentaria la prueba producida, extremo que impidió tener una visión totalizadora relevante para discernir la eventual configuración de la conducta delictuosa.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó al imputado por el delito de homicidio culposo si lo resuelto contradice la doctrina estable que funda

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-364

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