Que ello es así, pues esta Corte ha sostenido en un caso substancialmente análogo, que la difusión, sin responsabilidad del magistrado, en los medios del sentido en que se orientaría el voto de un juez no configura un prejuzgamiento quejustifique su apartamiento de la causa, dado que de otra manera las eventuales maniobras dolosas consistentes en la apropiación de los borradores de los votos en circulación, se verían premiadas con la inhibición del juez cuya opinión ya emitida se hiciera pública. A este respecto, téngase también presente que las deliberaciones reservadas del Tribunal forman parte del acto de juzgar y por tanto constituyen opiniones emitidas en etapas anterioresal dictado de sentencia (Fallos: 310:2066 , considerando 5° del voto de la mayoría, y considerando 5° del voto del juez Caballero).
Por ello, seresuelve: |. Desestimar la recusación formulada afs. 684/ 687; 11. Disponer que se lleve adelante una investigación para concluir quién ha violentado el secreto de ese acuerdo (art. 8", inc. b del Reglamento para la Justicia Nacional, en "Obligaciones de Magistrados, Funcionarios y Empleados"). Notifíquese.
ALEJANDRO TAZZA — MIRTA D. TYDEN DE SKANATA — ANA MARÍA CAPoLuro DE DURAÑONA Y VEDIA — GuILLERMO PABLO GALLI — ANTONIO PaciL1o.
Compartir
81Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1713
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-1713¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 326 Volumen: 1 en el número: 1713 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
