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Fallos: 326:1548 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DEL TRIBUNAL

DOCTOR ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:

1) Que Zulema Wilde, jueza de la Sala J de la Cámara Nadonal de Apeacionesen loCivil, solicita autorización para integrar el Consejo Consultivo del Departamento de Derecho Privado || dela Facultad de Derecho y Ciendas Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Explica que las tareas a realizar "están referidas a la planificación de actividades de materia de derecho civil (dictado de cursos, seminarios, etc. (fs. 6).

11) Que el art. 92 del decreto-ley 1285/58 autoriza a los magistrados delajusticia nacional a desempeñar la docencia universitaria o de enseñanza superior equivalente con la autorización previa y expresa, en cada caso, de la autoridad judicial que ejerza la superintendencia.

111) Queel art. 8°-inc. k- del Reglamento para la Justicia Nacional permite a magistrados, funcionarios y empleados desempeñar cargos docentes, exduidos —para los primeros— los primarios y secundarios.

IV) Quessi bien el art. 19 de la acordada 21/96 establece que no se concederá "autorización para que los magistrados y funcionarios ocupen cargos o desplieguen actividades que no sean estrictamente docentes, vale decir funciones directivas o de otra índole en universidades o establecimientos de enseñanza superior equivalente"; esta prohibición excede lo dispuesto en el art. 9° del decreto-ley 1285/58, "Organización de la Justicia Nacional", que prohíbe a magistrados y funcionarios "el desempeño de cargos de rector, decano de facultad o secretarios delas mismas", y establece la necesidad de obtener autorización para el ejercicio de la docencia.

Resulta claro que esta norma no veda el ejercicio de las diversas tareas que, en los establecimientos de enseñanza, representan un cumplimiento y prolongación de la labor docente, entre las que se incluyen, nosólo el dictado de cur sos, sino también tar eas de asesoramiento y coordinación de actividades académicas y el mantenimiento del buen orden y la disciplina en el ámbito interno delas casas de estudio, a través de la participación en consejos académicos y directivos, departamentos atinentes a las distintas áreas del derecho, comisiones de estudio, etc.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1548 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-1548

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