la jueza federal con competencia electoral para afirmar sus respectivos planteos de competencia.
7) Que por el decreto 180-GCBA-2003 —del 3 de marzo de 2003-el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires convocó a elegir jefe y vicejefe de gobierno y sesenta diputados local es a comicios arealizarse el 8 de junio. El 6 demarzoel Tribunal Superior de Justicia —en el invocado carácter de tribunal con competencia originaria en materiaelectoral y de partidos políticos (art. 113, inc. 6, Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)- dispuso aprobar el cronograma electoral aplicable, sdlicitó a la Cámara Nacional Electoral la entrega de las fichas correspondientes a los extranjeros y reclamó al Juzgado Federal N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal para quefacilitara el acceso al padrón electoral confeccionado para la elección del 27 de abril de 2003. El 1° de marzo la presidencia de ese tribunal reclamó del juzgado federal la nómina de partidos políticos reconocidos y en trámite de reconocimiento, pedido que fue respondido el 4 de abril.
8) Que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el 6 de marzo de 2003 el decreto 501 por el cual se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para elección de diputados nacionales.
9) Que el jefe de gobierno dictó el decreto 208-GCBA-2003 del 10 de marzo en el cual dispuso que la elección convocada para el 8 de junio se habrá de efectuar con sujeción a la ley nacional 15.262 de simultaneidad de elecciones. El 17 de marzola Presidencia del Tribunal Superior requiriólaremisión de los padrones provisorio y definitivo correspondientes a la elección de diputados nacionales para ser aplicados a los comicios locales.
10) Que el 18 de marzoel Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la acordada electoral 2/2003 en la cual consideró que la simultaneidad de las elecciones fijadas para el 8 de junio requiere de la celebración de los acuerdos previstos por la ley 15.262 y su decreto reglamentario 17.265/59 entre dicho tribunal y la Junta Electoral Nacional dela Capital Federal.
11) Que el 26 de marzo de 2003 el jefe de gobierno comunicó al Tribunal Superior la resolución que había recibido de la Cámara Nacional Electoral por la cual su presidente dispuso autorizar a la jueza federal a suscribir un convenio con el Gobierno de la Ciudad de Bue
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1495 
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