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Fallos: 325:3670 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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REBELDIA
Ver: Excarcelación, 1, 2.

RECONVENCION
Ver: Recurso extraordinario, 179.


RECURSO DE APELACION
Ver: Medidas cautelares, 11; Recurso extraordinario, 106, 182, 183.


RECURSO DE CASACIÓN
1. Si bien la naturaleza restrictiva del recurso de casación no permite modificar las conclusiones de hecho, ello no impide determinar si la motivación de la decisión en el plano fáctico y enla interpretación de las normas legales, ha rebasado los límites impuestos por la sana crítica racional, o sea si tenía fundamentación suficiente para ser considerada acto jurisdiccional válido: p. 2757.


RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
Ver: Recurso extraordinario, 187.


RECURSO DE NULIDAD
Ver: Constitución Nacional, 7, 8.

RECURSO DE QUEJA ° Depósito previo 1. Las actuaciones en materia disciplinaria no se hallan incluidas en el diferimiento que la ley 23.898 confiere en actuaciones de naturaleza penal para la integración de la tasa de justicia: p. 2750.

2. El interés propio perseguido en defensa del derecho personal del letrado resulta una pretensión autónoma que no se halla exenta del pago del depósito previo: p. 2750.

1) Ver también: Recurso de queja, 13; Recurso extraordinario, 83, 89, 187, 250, 258.

2) Ver también: Recurso extraordinario, 11.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3670 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-3670

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