JORGE LUIS SALOMONI y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.
Si bien el auto de prisión preventiva no constituye sentencia definitiva a los fines del art. 14 de la ley 48 en los casos en que no se encuentra comprometida la libertad ambulatoria del procesado, se ha admitido por vía de excepción que son equiparables a sentencia definitiva los pronunciamientos anteriores a ella que por su índole y consecuencia pueden llegar a frustrar el derecho federal invocado, acarreando perjuicios de imposible o tardía reparación ulterior,
ASOCIACION ILICITA.
Corresponde distinguir cuidadosamente la figura de la asociación ilícita de la del acuerdo criminal, ya que aquélla requiere un elemento de permanencia ausente en este último, que puede tener por finalidad la comisión de varios delitos pero es esencialmente transitorio y la asociación ilícita requiere pluralidad de planes delictivos y no meramente pluralidad de delitos.
ASOCIACION ILICITA.
La expresión "asociación", por más que su sentido no pueda ser equiparado al que tiene en derecho civil, requiere un acuerdo de voluntades, no necesariamente expreso pero al menos tácito, resultando obvio que la finalidad de dicho acuerdo tiene que ser la de ejecutar actos calificados por la ley como delitos del derecho penal pues si éstos no se tipificaran como tales no habría ilicitud de la asociación.
DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO.
Si bien la comisión de cualquier delito perturba la tranquilidad, la seguridad y la paz pública de manera mediata, los incluidos en el título de los "delitos contra el orden público" la afectan de manera inmediata, ya que el orden público al que se alude es sinónimo de tranquilidad pública o paz social, es decir, de la sensación de sosiego de las personas integrantes de una sociedad nacida de la confianza de que pueden vivir en una atmósfera de paz social, por lo que los delitos que la afectan producen alarma colectiva al enfrentarlos con hechos marginados de la regular conveniencia que los pueden afectar indiscriminadamente.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia si -más allá de la ausencia de un pormenorizado estudio que permita determinar la "despatrimonialización" y
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3494
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