DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.
Quien contrae la obligación de prestar un servicio público lo debe realizar en condiciones adecuadas para llenar el fin para el que ha sido establecido y debe afrontar las consecuencias de su incumplimiento o ejecución irregular.
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.
La omisión de consignar en las certificaciones registrales expedidas la existencia de derechos reales de hipoteca, en tanto haya permitido la enajenación de un bien como libre de gravámenes es causa generadora de daños y perjuicios que el Estado provincial debe reparar.
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.
Cuando se reclaman los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de su obligación por parte del Registro de la Propiedad no es necesario agotar otras vías para reclamar el crédito ni demostrar previamente la condición de insolvente del deudor, por cuanto la responsabilidad extracontractual del Estado, comprometida por la actividad de sus órganos, genera un daño independiente de la antecedente relación entre la parte actora y su respectivo deudor.
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.
La eventual responsabilidad de los notarios no excusa total ni parcialmente la de la provincia, sin perjuicio de las acciones que ulteriormente pudiere ejercer ésta contra aquéllos para obtener -si procediere— su contribución en la deuda solventada.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de noviembre de 2002.
Vistos los autos: "Santa María Estancias Saltalamacchia y Compañía S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ resarcimiento de daños y lucro cesante", de los que Resulta:
1) A fs. 164/168 se presenta por medio de apoderado Santa María Estancias Saltalamacchia y Compañía Sociedad en Comandita por
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2950
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