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Fallos: 325:2062 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.

El efecto producido por los arts. 1 del decreto 896/01 y 10 de la ley 25.453 excede el ejercicio válido de los poderes de emergencia y justifica su declaración de inconstitucionalidad, debiendo resolverse en la etapa de ejecución lo relativo al modo de cumplimiento de la sentencia, para lo cual los jueces deberán tener en cuenta la situación económica y financiera por la que atraviese la Nación y la legislación que regula el cumplimiento de las condenas de índole dineraria por parte del Estado Nacional (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).


DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA.
La vía establecida en el art. 99, inc. 3? de la Constitución Nacional, exige que el Congreso sancione la "ley especial" que haga operativo el articulado, sin que quepa discutir las bondades del criterio elegido, ya que el Tribunal sólo debe atender a su significado y a sus consecuencias (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).


DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA.
Al no haberse sancionado la ley que reclama el art. 99, inc. 3, no puede cumplirse con esa etapa legislativa, lo que determina la imposibilidad de recurrir a esos remedios de excepción que son los decretos de necesidad y urgencia, y ello lleva a que los mismos sean nulos de nulidad absoluta y que ese vicio no sea subsanable por una ley posterior que pretenda tener efecto retroactivo Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Decretos nacionales.

Corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 896/01 ya que, al no haberse sancionado la ley que reclama el art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional, son nulos de nulidad absoluta los decretos de necesidad y urgencia, sin que ese vicio sea subsanable por una ley posterior que pretenda tener efecto retroactivo, más aún cuando la ley 25.453 no ha intentado ratificar al decreto, sino que expresamente lo ha derogado (art. 18) (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.

El art: 10 de la Jey 25.453 no cumple con los estándares aceptados para la constitucionalidad de las leyes de emergencia que restringieron derechos patrimoniales, en especial, en lo atinente a la razonabilidad del medio empleado, ya que al sujetar la retribución del agente -de modo absoluto y sin limitación

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2062 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2062

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