toma sus decisiones obser van do el derecho de defen sa en juicio de los involucrados Votos de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Guillermo A. F. López y de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de expresión.
No corresponde encuadrar el caso —en que un menor reclama la protección de su derecho a la intimidad en una cuestión de estricta índole familiar— en la doctrina respecto a la libertad de expresión cuando involucra personalidades públicas, pues la intromisión ala vida privada que alega la peticionaria —a través de sus representantes legales- no lo es respecto a su presunto padre —figura pública conocida por parte de medios televisivos, gráficos y radiales apostados en su domicilio (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de expresión.
La única limitación al principio de libertad de expresión se relaciona con los espectáculos públicos, los que pueden ser sometidos por la ley ala censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral dela infancia y adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inc. 2 del art.
13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Voto de los Dres.
Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
La intervención preventiva de los jueces —que impropiamente podría denominarse censura— no es equiparable cualitativamente a la censura que pudiese provenir de los poderes Legislativo o Ejecutivo (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de expresión.
En el conflicto entreun mínimo estado de incertidumbre sobre la potencialidad agraviante dela noticia -incertidumbre que el juez despeja una vez sustanciado el proceso y las exigencias inmediatas de la libertad de expresión, debe prevalecer ésta, pero si ese margen de incertidumbre no se verifica, si la conducta de quien intenta dar a conocer sus ideas no suscita dudas sobre su ilicitud, no parece irrazonable conceder al juez la potestad de impedir o limitar el ejercicio dela libertad de expresión, máxime en los supuestos en que el daño al honor 0a la intimidad pueda adquirir graves proporciones y no sea razonablemente posible su reparación por otros medios (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:985
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