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Fallos: 324:4144 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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DiSIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:

Que a fs. 32/36 el apelante recusa con causa a los jueces de este Tribunal doctores Julio Salvador Nazar eno y Adolfo Roberto Vázquez, planteo que resulta extemporáneo, toda vez que la oportunidad para su interposición es el momento de la deducción del remedio federal y no después de pr esentadoel recurso de hecho por su denegación, como sucede en el sub examine (Fallos: 322:72 y 720).

Que las cuestiones puestas a conocimiento del Tribunal resultan sustancialmente análogas a las consideradas, en lo pertinente, por esta Corte Suprema el 21 de diciembre de 2000 en la causa "Felicetti" (Fallos: 323:4130 ) disidencia del juez Petracchi—, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello: 12) Serechazan las recusaciones de los jueces Julio Salvador Nazareno y Adolfo Roberto Vázquez y 2°) se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Agréguese oportunamente la queja al principal. Hágase saber y devuélvase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
DiSIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
DON ANTONIO BOGGIANO
Considerando:

Que a fs. 32/36 el apelante recusa con causa a los jueces de este Tribunal doctores Julio Salvador Nazar eno y Adolfo Roberto Vázquez, planteo que resulta extemporáneo, toda vez que la oportunidad para su interposición es el momento de la deducción del remedio federal y no después de pr esentadoel recurso de hecho por su denegación, como sucede en el sub examine (Fallos: 322:72 y 720).

Que las cuestiones puestas a conocimiento del Tribunal resultan sustancialmente análogas a las consideradas, en lo pertinente, por esta

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4144 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-4144

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